Reglamento Club de Amig@s

La sociedad costarricense denominada Alimentos y Bebidas Regionales S.A, con cédula jurídica número tres – ciento uno- trescientos cinco mil trescientos un mil, en adelante denominado como Organizador del programa “CLUB DE AMIGAS” procede a informar a los consumidores las condiciones básicas, las condiciones especiales, restricciones y demás información necesaria del programa mencionado anteriormente, estipulaciones que serán de cumplimiento obligatorio para las personas participantes; lo anterior en total acuerdo con la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor, su reglamento y demás legislación vigente.

1. Del objeto.
El objetivo de este documento es el establecimiento de las regulaciones y condiciones que regirán el programa identificado como CLUB DE AMIGAS, el cual es un programa de beneficios mediante el cual Alimentos y Bebidas Regionales premia e incrementa la lealtad de sus clientes por la compra de sus productos y marcas distribuidas. Como parte de este programa se ha creado el Club con miembros de todo el país, quienes disfrutarán de beneficios que se describen en este Reglamento en virtud de su afiliación al Programa bajo las reglas aquí indicadas.
El dar a conocer la existencia de este Reglamento y a su vez ponerlo a disposición del público en general, por lo que obliga a todos los clientes, participantes del Club y/o interesados, a aceptar las condiciones de participación que aquí se incluyen, reconociendo su carácter obligatorio para el cumplimiento de lo que el Organizador ofrece en este programa. Adicionalmente, al momento de completar la solicitud telefónica de afiliación al Programa Club de Amigas, se indicará los lugares en los que se puede tener acceso a este Reglamento, así como obtener una copia física del mismo.
De la misma manera, al hacer uso de los beneficios del programa Club de Amigas, cada participante estará aceptando las condiciones generales establecidas en el presente Reglamento y/o cualquier publicación que modifique las condiciones de esos beneficios.
El Organizador descalificará, no entregará y/o exigirá la devolución de los beneficios y/o premios a los clientes participantes quienes en detrimento de la buena fe del Organizador, directa o indirectamente incumplan las normas y condiciones aquí establecidas y/o intenten alterar la transparencia del Programa por medios fraudulentos y formas de aprovechamiento malicioso.
2. Elegibilidad para participar en el programa.
Podrán participar en este programa todas aquellas personas físicas mayores de 18 años consumidoras de la marca Café Dorado. Los participantes podrán ser personas nacionales o bien extranjeros con un estado migratorio legal y regular en el país. En todos los casos deberán identificarse en forma adecuada mediante el documento de identidad y/o migratorio vigente.
3. Cliente Participante.
Se entiende como toda aquella persona física, que se ha asociado al Club de Amigas y que cumple con los requisitos, establecidos en el presente Reglamento.
4. Restricciones de participación.
No podrán participar en este Programa ningún tipo de funcionarios, colaboradores, empleados o proveedores de la empresa Organizadora que en razón de su cargo puedan, de alguna forma, influir en el desarrollo del Programa o la asignación de los beneficios.
5. Del Plazo del Programa.
La vigencia de este Programa es indefinida. Sin perjuicio de lo anterior, el Organizador se reserva el derecho de modificar o cancelar parcial o totalmente, según lo considere necesario, los reglamentos, normas, privilegios, beneficios y premios del Programa, únicamente informando antes a los beneficiarios del Programa, en forma directa o por los medios disponibles que normalmente utilizados por el Organizador, lo cual realizará con no menos un mes de anticipación, a través de una publicación en cualquier medio de comunicación y aviso al medio de contacto indicado por el beneficiario del Programa.
6. De la Forma de participar.
Para participar del programa, los clientes interesados deben comunicarse a la línea 4404 2090 o bien vía WhatsApp al número 7011 5459. La persona encargada del servicio al cliente completará el formulario de afiliación del cliente participante, de manera telefónica, preguntando datos personales del interesado como nombre completo, número de identificación, dirección, teléfono propio y código de empaque, y demás información solicitada. El cliente será la única persona responsable de la veracidad y actualidad de la información consignada. La persona que no cuente con número telefónico propio no podrá ser inscrita en el programa.
Una vez realizada la anterior gestión, el personal de atención del Organizador activará la afiliación al Club de Amigas.
7. De los Beneficios del PROGRAMA CLUB DE AMIGAS.
La información sobre los beneficios del Programa, presentada en este Reglamento tendrá vigencia mientras no haya una nueva reglamentación que la derogue o modifique, la cual en caso de darse, será comunicada oportunamente y publicada en el Facebook “Café Dorado Costa Rica”.
Los Clientes Participantes obtendrán los siguientes beneficios:
  • Información sobre promociones y descuentos. Formar parte del grupo privado en la plataforma Facebook llamado Club de Amigas y Amigos Costa Rica.
  • Premios por Canje de empaques de productos participantes.
  • Trato preferencial para todos los afiliados del Club en caso de promociones del Organizador.
8. Mecánica del Canje de Empaques por Premios.
Como se indica en el apartado anterior, uno de los beneficios de afiliación es el canje de empaques vacíos con logos y gramaje respectivo de productos del Organizador que tengan el logo del Club de Amigas en empaques comprados con menos de año y medio de anterioridad desde el día que realice el canje, por premios determinados completamente gratis.
Para acceder a los premios ofrecidos, los participantes afiliados deben traer el empaque que cuenta con el logo del CLUB DE AMIGAS y gramaje respectivo o bien únicamente el logo del Club de Amigas donde se vea claramente el gramaje del mismo, hasta sumar una determinada cantidad de gramos, de acuerdo a la indicación de gramaje del logo, en caso que la persona envíe o traiga empaques de más estos se desecharan inmediatamente. Todos los empaques o cupones deben venir en un sobre con nombre completo, número de teléfono y número de cédula. El “organizador” no se hace responsable por paquetes que lleguen a la compañía sin información de contacto. El Club cuenta con una tabla de canje indicando que por la recolección de una cantidad determinada de kilos en logos, el cliente participante los puede canjear por artículos disponibles para el hogar. La tabla de canjes se actualiza los primeros días de cada mes.
El cliente solo podrá canjear la siguiente cantidad máxima de café, según los empaques totales que entregue en el canje:
  • 5 kilos: 1 café Dorado de 250 g.
  • De 10 a 25 kilos: 1 café Dorado de 500 g.
  • De 25 a 55 kilos: 1 café Dorado de 1000 g.
  • De 55 a 100 kilos: 2 cafés Dorado de 1000 g.
El resto de cupones se le canjeará por otros productos de la lista mensual. Se cuenta con tres métodos de entrega de empaques:
  • La primera es por medio de oficinas, en los cuales los paquetes se recibirán de lunes a jueves de 8:00 am a 12:00 md y de 2:00 p.m. a 3:30 p.m.
  • La segunda es por medio de Correos de Costa Rica, para lo cual los empaques deben venir en un sobre con nombre completo, teléfono y cédula y dirigirlos a la siguiente dirección: Cartago, La Unión, San Diego, costado sur del Supermercado Más y Más.
  • La tercera opción es por medio de las promotoras de venta que se encuentran en distintos puntos de venta. Los empaques deben ir con nombre completo, cédula y teléfono.
Una vez que el participante eligió su premio, el Organizador contará con un plazo de dos semanas completas para la entrega del premio escogido en las oficinas del Organizador, localizadas en Cartago, La Unión, San Diego. También se ofrecerá la posibilidad de efectuar el canje por medio de entregas en giras, el cliente deberá acoplarse a las giras programadas mensualmente para retirar su premio o bien retirarlo personalmente en nuestras oficinas.
La tabla de kilogramos para premios varía según la marca, la cual se desglosa a continuación:
En el caso de Atún Glu Glú los canjes se realizan por cintillos, por cada 6 cintillos que entregue, se le entregará una lata de Atún Glu Glú. Las tablas de los premios se pueden ver en los Facebook de “Café Dorado Costa Rica” o podrá solicitarlo al WhatsApp 7011 5459. Adicionalmente, la efectividad del canje está sujeta a las siguientes condiciones:
  • El participante podrá hacer efectivo su canje única y exclusivamente por los productos que se indiquen como disponibles en ese momento.
  • El canje beneficio de este programa es indivisible, entiéndase que deberá hacerse efectivo en un solo acto. Es también intransferible, entiéndase que deberá ser reclamada directamente por el participante debidamente identificado, o por la persona por él autorizada.
  • El canje de productos tampoco será objeto de negociación ni modificable por dinero en efectivo.
  • El servicio de mantenimiento y garantía de los productos que se adquieran en ALIMENTOS Y BEBIDAS REGIONALES, a través de órdenes de compra de esta promoción, tendrán una dinámica idéntica a las de una compra regular. Entiéndase que se seguirá el procedimiento normal establecido por ALIMENTOS Y BEBIDAS REGIONALES para todos sus clientes.
  • Ningún producto adquirido en ALIMENTOS Y BEBIDAS REGIONALES como resultado de esta Promoción comprende objetos, instrumentos, impuestos, seguros, transporte, equipo adicional, implementos, conexiones, accesorios, repuestos y utensilios que no se encuentren a la venta para el público en general. Su precio será el establecido en la etiqueta o estante respectivo y al mismo se adicionará los impuestos de ley que correspondan.
9. Condiciones Especiales.
  1. El Organizador se reserva el derecho de excluir a los clientes que no acepten los términos y condiciones anteriormente estipulados, así como a las personas que a criterio de El Organizador realicen actividades en contra del objetivo del Programa.
  2. Una vez entregado el premio, el Cliente Participante deberá firmar un documento de recibido, denominado “Entrega de Premios”, donde se indique la fecha, el nombre y número de cédula de la persona a la que se entrega el premio, el código del producto, la descripción del producto y la descripción de la garantía del mismo.
  3. La permanencia de un Cliente Participante en el presente Programa puede suspenderse hasta solucionar satisfactoriamente cualquier discrepancia o anomalía detectada.
  4. El Organizador se reserva la facultad de terminar la afiliación a cualquier Participante, que a juicio de El Organizador, haya cometido fraude, abuso o violación alguna de los procesos naturales de compras, de utilización de los beneficios, del uso de premios, o de cualquier otro reglamento del programa. Al ser descalificado, El Cliente Participante perderá todos sus derechos de membrecía. Todo lo anterior sin renuncia por parte de El Organizador de las acciones legales que pueda tomar, según el perjuicio causado.
  5. En caso de que el Cliente Participante renuncie o manifieste su desafiliación al Programa, o no canjee en un periodo de 2 años, perderá en forma automática el derecho sobre sus beneficios acumulados, los cuales no serán transferibles a otro Cliente Participante.
  6. El programa Club de Amigas es un programa personalizado. La correspondencia y material publicitario, relacionados con el Programa, se enviarán por medio de WhatsApp o facebook.
  7. El Cliente Participante será responsable de notificar a El Organizador sobre cualquier cambio de domicilio, apartado, e-mail o teléfono, para garantizar el adecuado flujo de información entre las partes.
  8. Todos los plazos aquí establecidos son improrrogables, por lo que deben ser respetados durante la participación de este programa.
10. Derechos de imagen.
Los clientes participantes conocen, entienden y aceptan que la participación y eventual goce de beneficios durante el presente programa implicará la posibilidad de que su nombre, voz y/o imagen sean utilizados en medios de publicidad e información distribuida por Alimentos y Bebidas Regionales, para lo que de antemano manifiestan su total conformidad con tal situación, siempre que la utilización de los elementos mencionados sea con fines publicitarios o informativos y que no sea contraria a la moral ni a las buenas costumbres. Adicionalmente, los clientes participantes reconocen que la potencial utilización de su nombre, voz o imagen en los términos mencionados anteriormente no generará ningún tipo de obligación de remuneración o compensación adicional a cargo del Organizador.
11. Del Uso de la Información.
Como parte del presente Programa cada Cliente Participante, formará parte de una base de datos, donde se registrará tanto su información personal, como los detalles de los premios entregados y demás beneficios disfrutados.
En vista de lo anterior el Cliente Participante, entiende y acepta, que la información recabada, podrá ser utilizada para el envió de ofertas y promociones e información de productos comercializados por el Organizador. En caso de que el Cliente Participante, desee ser excluido de dicha base de datos deberá renunciar al presente programa.
12. Suspensión del programa.
El Organizador se reserva el derecho de suspender temporal o definitivamente este Programa, por causas de fuerza mayor, o por la comprobación de utilización fraudulenta de los beneficios aquí concedidos. La cancelación del Programa será debidamente informada a todos los clientes participantes.
13. De las Consultas.
Para mayor información el cliente participante puede comunicarse con el personal encargado del programa al teléfono 4404 2090 o bien al WhatsApp 7011 5459.
14. Relación entre las partes.
Ninguna disposición del presente Programa y Reglamento se deberá interpretar como creadora de una relación contractual ni financiera entre los clientes participantes y el Organizador.
15. Vigencia.
El presente Reglamento rige a partir del 26 de octubre del 2022.
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